Un niño de sexto grado de primaria sufría bullying, es decir, acoso escolar, por parte de un compañero de clase en Chile. Un día, el menor se defendió de las repetidas agresiones y el plantel, en lugar de investigar, decidió expulsar a la víctima, pero el caso llegó hasta la Corte de Apelaciones del país sudamericano.

El caso sucedió en el Liceo Particular Mixto San Felipe, en Valparaíso, donde un alumno agredió a un compañero de curso que le hacía acoso escolar, pero las autoridades del plantel sólo lo expulsaron y la sanción es “completamente desproporcionada”, consideró el Poder Judicial en un comunicado.

Escuela del niño expulsado no investigó denuncias de bullying: Corte de Apelaciones de Valparaíso

La Corte de Apelaciones de Valparaíso aseveró que los empleados de la escuela no hicieron una “adecuada investigación de la denuncia de bullying previo” que sufría el menor, con lo cual también se equivocaron en tener un “mejor manejo” del problema por parte del profesor a cargo.

El Poder Judicial de Chile también señaló que la escuela tuvo un “nulo interés por investigar todo el contexto de la agresión”. Además, no creó un ambiente propicio para el aprendizaje de los niños en crecimiento en una problemática como esta, por la que simplemente optó “por la decisión más dura y radical, sin asumir el rol orientador y educativo que le es propio”.

El menor expulsado de la escuela es un “alumno de buen rendimiento escolar y que no tiene ningún llamado de atención” antes de la agresión en respuesta al bullying que sufría.

¿Niño expulsado podrá volver a su escuela? Esto dice la Corte de Valparaíso

Con base en ello, la Corte de Apelaciones de Valparaíso concluyó que la expulsión fue una medida de último recurso “respecto a un alumno sin antecedentes de mal comportamiento y con especiales necesidades educativas”, por lo cual la expulsión del plantel “será dejada sin efecto por resultar completamente desproporcionada”.

Aunque el menor ya está inscrito en otra escuela, cuenta con el derecho de volver a su plantel original, la resolución deberá ser registrada en su expediente.

“Se deja sin efecto la medida de expulsión, debiendo el colegio recurrido incorporar una copia de esta sentencia a la hoja de vida del alumno ya individualizado”, mencionó la Corte.