Multa de hasta 4 mil pesos por insultar al presidente de México

La Comisión de Gobernación y Población avaló el dictamen para las nuevas multas por insultar al presidente; pasan a votación de la Mesa Directiva.

Escrito por: Maxi Peláez

Congreso de la Union

Durante la noche de este martes 14 de febrero se avaló el dictamen para modificar seis artículos de la Ley Sobre Delitos de Imprenta entre los que destacó la multiplicación de las multas, en especial la referente a insultar al presidente de México.

A través de un boletín informativo emitido por la Cámara de Diputados, la Comisión de Gobernación y Población dio a conocer que es el artículo 33 el que contempla el castigo para quienes cometan ataques contra el orden y la paz pública, por lo que se propone sancionar las injurias al presidente de la República de la siguiente forma:

De cinco hasta las 40 UMA (Unidad de Medida y Actualización) como infracción, lo que equivale a una sanción de hasta 4 mil 149 pesos por insultar al titular del Ejecutivo Federal. Además, se mantiene la pena de seis meses a un año y medio de prisión.

“La adecuación al artículo 32, que estipula las sanciones para las faltas a la moral, plantea que se castiguen con multas de 10 a 40 UMA. Por lo que hace al artículo 33, que contempla el castigo para quienes cometan ataques contra el orden y la paz pública, propone sancionar las injurias al presidente de la República en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, con multa que va de cinco a 40 UMA”.

Del mismo modo, sugieren que esta misma sanción sea aplicable en ofensas a un magistrado de la Suprema Corte de Justicia o magistrado de circuito de cualquier estado, así como naciones amigas y en un menor nivel, a secretarios del despacho, al fiscal general de la República o directores de departamentos federales, gobernadores e incluso la titular de la jefatura del gobierno de la Ciudad de México.

La misma sanción se impondrá para las ofensas a un magistrado de la Suprema Corte, magistrado de circuito o del Distrito Federal o de los estados, juez de distrito o del orden común ya sea del Distrito Federal, de los territorios o de los estados, a un individuo del Poder Legislativo federal o de los estados, o a un general o coronel, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, o contra cualquier otro cuerpo público colegiado distinto de los mencionados en las fracciones anteriores ya sean de la Federación o de los Estados
Multas por insultar al presidente serían de hasta 4 mil 149 pesos
Multas por insultar al presidente serían de hasta 4 mil 149 pesos

¿Cuándo se aprueban las nuevas multas por insultar al presidente?

Tras 20 votos a favor y nueve en contra del dictamen, este ahora pasará a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados la próxima sesión de se realizará la votación para determinar si proceden las reformas a los artículos de la Ley Sobre Delitos de Imprenta.

Otros artículos que proponen la modificación son:

  • Artículo 10, que actualmente va de cincuenta a quinientos pesos, para quien cometa infracciones a cualesquiera de las prohibiciones del artículo 9, se modifica para que sea por el equivalente de una a seis veces la UMA.
  • Artículo 13, que establece multa para quienes omitan dar aviso de la apertura de un taller de imprenta u otro medio de publicidad, se propone que la sanción vigente de 50 pesos, sea de una a 10 veces la UMA.
  • Artículo 15, párrafo segundo, que dispone multa para los dueños de imprentas y talleres gráficos que pongan en circulación cualquier impreso sin la debida identificación del impresor, domicilio y año de publicación, se modifica para que sea por el equivalente de una a cinco. En la actualidad, la multa va de 25 a 50 pesos.
  • Artículo 20 fija multa de 10 UMA para los dueños de publicaciones periódicas que no contemplen en sus impresiones el nombre y apellido del director del periódico, así como el domicilio.

Artículo 32, que estipula las sanciones para las faltas a la moral, plantea que se castiguen con multas de 10 a 40 UMA.

La reforma mantiene la disposición actual de sancionar con 3 meses y hasta 1 año de prisión.

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