El Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó cuatro solicitudes de aspirantes a candidaturas sin partido que contenderán por el puesto de Jefe de Gobierno en las elecciones 2024 en CDMX.
¿Quiénes son los aspirantes a candidaturas para Jefe de Gobierno sin partido?
José Antonio Valles Romero fue primer ciudadano que cumplió con los requisitos para obtener el registro de aspirante a una candidatura sin partido para Jefe de Gobierno en la Ciudad de México.
Mientras que las solicitudes de Fernando Salvador Sánchez Campos, Lorena Osornio Elizondo y Pedro Pablo De Antuñano Padilla fueron aprobadas de forma condicional, debido a que no cumplieron con alguno de los requisitos legales previstos.
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— IECM (@iecm) September 6, 2023
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Por lo que tendrán 30 días para completar los requisitos, en caso de no cumplir, sus registros serán cancelados y no podrán ser aspirantes a la candidatura de Jefe de Gobierno en las elecciones 2024 en CDMX.
¿Cuándo iniciará el proceso para aspirantes a candidatura de Jefe de Gobierno?
Tras ser aprobado el registro, los aspirantes deberán buscar el apoyo de los ciudadanos, el cual comenzará el 6 de septiembre y terminará el 3 de enero de 2024.
Quien obtenga el porcentaje de firmas previsto en el Código Electoral estará en posibilidad de solicitar su registro como candidata o candidato sin partido a la Jefatura de Gobierno.
Los aspirantes deberán obtener el mayor número de firmas en la Ciudad de México mediante la aplicación móvil del INE. Tambien pueden acudir a las instalaciones del IECM para que se les brinde la asesoría que consideren necesaria sobre el uso de esta aplicación.
¿Qué se necesita para ser candidato en las elecciones 2024 en CDMX?
- Ser ciudadana o ciudadano originario de la Ciudad de México en pleno goce de sus derechos;
- Tener 30 años cumplidos al día de la elección;
- No haber recibido sentencia por delito doloso;
- No tener mando en instituciones militares o policiales;
- No ejercer una magistratura de Circuito o ser Juez de Distrito en la CDMX;
- No ejercer una magistratura en el Poder Judicial, el Tribunal de Justicia Administrativa, ni ser integrante del Consejo de la Judicatura de la capital, ni del Tribunal Local de Conciliación y Arbitraje;
- No ser legislador local o federal, ni ser titular o concejal de una alcaldía, dependencia, unidad administrativa, órgano desconcentrado, organismo autónomo o entidad paraestatal de la Administración Pública de la Ciudad de México o de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México;
- No ser ministro de culto religioso, a menos que hubiere dejado de serlo con cinco años de anticipación y en la forma que establezca la ley.