Ocairo "N" y a Eva "N" son dos mujeres quienes quisieron evadir la ley con un soborno a policías en el Estado de México (Edomex), a quienes les ofrecieron un soborno, pero con billetes falsos, sin embargo, fueron descubiertas.
Esta peculiar situación ocurrió en el municipio de Tultitlán, donde policías de la Secretaría de Seguridad del Estado de México (SSEM) las detuvieron como probables responsables de cohecho.
Una infracción de tránsito delató a dos mujeres en Edomex
Cuando los oficiales se encontraban patrullando sobre la avenida Recursos Hidráulicos, en la colonia San Pablo de la Salinas, detectaron la circulación de dos mujeres sobre una motoneta, color azul, sin matrícula de circulación, por lo que interceptaron su marcha.
Los policías les hicieron una inspección a fin de descartar cualquier irregularidad, pero las mujeres actuaron de manera evasiva.
Mujeres ofrecieron soborno y una transferencia a policías para no ser detenidas
Sin embargo, para evadir la ley, al parecer Ocairo "N" y a Eva "N" ofrecieron 12 billetes falsos de denominación de 500 pesos mexicanos y otra cantidad mediante transferencia.
De acuerdo con las primeras investigaciones, las detenidas podrían pertenecer a un grupo criminal y aparentemente se dedicaban a distribuir dichos billetes en escuelas, centros comerciales y centros cerveceros, por lo que las indagatorias continuarán.
Los oficiales trasladaron a las detenidas ante la Agencia del Ministerio Público correspondiente, donde se definirá su estatus legal.
¿Cómo se castiga el delito de cohecho en Edomex? Pena y años de cárcel
El delito de cohecho, de acuerdo con el Artículo 346 del Código Penal del Estado de México, se comete cuando alguien ofrezca, prometa o entregue dinero o cualquier dádiva, a algún servidor público, para que realice u omita un acto, o actos lícitos o ilícitos relacionados con sus funciones.
Este delito se castiga con seis meses a tres años de prisión, y de treinta a trescientos días multa, cuando el beneficio obtenido o la cantidad o el valor de la dádiva o promesa, no exceda del equivalente de 90 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, o no sean cuantificables.
O bien, de tres a ocho años de prisión y de quinientos a mil días multa, cuando el beneficio obtenido o la cantidad o el valor de la dádiva o promesa, exceda de 90 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.
 
 
       
 
        