En un curioso giro del destino, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sufrió un apagón durante la sesión de este lunes, cuando sus ministros discutían un caso relacionado con el extinto Instituto Nacional de Transparencia (Inai).
Quizá la electricidad decidió tomar un descanso justo mientras se abordaba un tema de acceso a la información, dejando a más de uno preguntándose si la ironía era intencional.
VIDEO: Así fue el corte de luz en la SCJN
El corte de energía eléctrica, que duró apenas unos minutos, afectó la transmisión de la sesión tanto por las redes sociales oficiales de la Corte como por el canal Justicia TV. Durante ese lapso, la discusión de los ministros continuó a puerta cerrada, mientras el público se quedó sin poder seguir el debate en tiempo real.
Uno de los afectados fue el ministro Arístides Rodrigo Guerrero, quien participa de manera remota debido a que aún se recupera de un accidente sufrido semanas atrás. La falla técnica provocó su desconexión temporal, aunque no obstaculizó la continuidad del debate.
🗳️📌 La nueva Suprema Corte (SCJN) a oscuras... literal.
— Juan Ortiz 🗳️👁🗨 (@Juan_OrtizMX) September 22, 2025
Ocurrió un apagón mientras se llevaba a cabo la sesión. pic.twitter.com/wScfnNhB3c
Ministros confirman entrega de información de la Presidencia
El tema central de la sesión fue un recurso de revisión presentado por la Consejería Jurídica de la Presidencia de la República contra una resolución del Inai. Se trataba de una solicitud para obtener todos los oficios firmados por el secretario particular del expresidente Andrés Manuel López Obrador en 2021.
La ministra María Estela Ríos decidió no participar en la discusión ni en la votación, dado que el asunto se promovió mientras ella era titular de la Consejería Jurídica.
Al final, los ministros rechazaron el recurso de la Presidencia y confirmaron la resolución del extinto Inai, determinando que la información solicitada debía ser entregada al ciudadano.
La resolución aprobada por el Pleno señala: “Este Tribunal Pleno estima infundado el presente recurso de revisión en materia de seguridad nacional y confirma la resolución dictada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales el ocho de junio de dos mil veintidós en el recurso de revisión RRA 3282/2”.