Llegó el momento de que las y los contribuyentes presenten la declaración anual , una obligación fiscal que debe realizarse ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) , pero ¿los jubilados deben presentarla?
¡Queda poco tiempo! El Servicio de Administración Tributaria (SAT) declaró que la fecha límite para que las y los contribuyentes presenten su declaración anual es el próximo miércoles 30 de abril 2024.
El objetivo de este trámite, es mostrarle al organismo los ingresos y deducciones realizadas durante el ejercicio fiscal 2023 , el cual abarca del 1 de enero al 21 de diciembre de cada año.
¿Qué régimen fiscal tengo si soy pensionado o jubilado?
Los jubilados y pensionados se encuentran en el régimen de salarios, pues son ingresos que generan las personas que han trabajado por un cierto periodo de tiempo y que cumplan con los requisitos necesarios para retirarse.
¡Queda poco tiempo!
— SATMX (@SATMX) April 26, 2024
Presenta tu Declaración Anual 2023 de personas físicas a más tardar el 30 de abril.
Para más información, visita el minisitio en https://t.co/S6AbFC6GJ2 #Declara2023 pic.twitter.com/h9WGcNEw6N
¿Qué pensionados deben declarar al SAT?
¡Toma nota! La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) explica que los jubilados y pensionados que deben declarar al SAT, son aquellos que cumplan con los siguientes requisitos:
- Ingresos que superen los 400 mil pesos anuales
- Tener dos o más ingresos por pensión; no importa si no se superan los 400 mil pesos anuales
- Obtener ingresos por pensión y por otro régimen como arrendamiento o actividad empresarial
¡Mucho ojo! Los contribuyentes pensionados que generen menos de 400 mil pesos al año por concepto de jubilación o pensión NO están obligados a presentar la declaración anual ante el SAT.
¿Qué pasa si presento mi declaración anual fuera de tiempo?
Para poder realizarla, las y los contribuyentes necesitan contar con su Registro Federal de Contribuyente (RFC), así como la e.firma o contraseña vigente, pero ¿qué pasa si no la presento?
En caso de NO presentas tu declaración anual en el tiempo establecido por el SAT, podrías hacerte acreedor a una multa; el organismo maneja dos tipos de incumplimiento:
- Incumplimiento espontáneo: Ocurre cuando se presenta la declaración anual de manera voluntaria antes de que el SAT lo requiera; en estos casos NO hay multas.
- Incumplimiento extemporáneo: El organismo se da cuenta que no presentaste tu declaración anual, por lo que te envía un correo o mensajes para recordar que la hagas; este tipo de incumplimiento SÍ tiene multas.
🟣¡Atención contribuyentes!🟢 Conforme al artículo 81 del CFF, aquellos que no cumplan con la presentación de su declaración anual, podrían enfrentar multas, las cuales varían según el tiempo de incumplimiento".
— PRODECON México (@ProdeconMexico) April 2, 2024
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