Corte da entrada a controversia de Guanajuato contra Reforma Judicial

El ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá dio entrada a la controversia constitucional contra la Reforma Judicial, promovida por Guanajuato.

Escrito por: Salvador Maceda

SCJN

El ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Juan Luis González Alcántara Carrancá admitió a trámite la controversia constitucional contra la Reforma Judicial que promovió el Estado de Guanajuato, cuyo fondo es impugnar la elección por voto popular de jueces, magistrados y ministros.

La controversia planteada por un gobierno estatal en contra de las enmiendas a la carta magna, es la primera que admite el Máximo Tribunal del País, según los estrados electrónicos de éste martes.

La controversia fue presentada por el exgobernador de Guanajuato

La controversia planteada, es la primera que admite el Máximo Tribunal del País para tratar de determinar si verdaderamente existe una invasión a la esfera de competencias de la autoridad estatal.

La demanda todavía presentada y firmada por Diego Sinhue Rodríguez, en su calidad de Gobernador Constitucional del Estado de Guanajuato, cargo que abandonó el reciente 26 de septiembre de 2024.

Los estrados electrónicos de la Corte detallan “se tiene por presentado al promovente con la personalidad que ostenta y se admite a trámite la demanda que hace valer, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse de manera fehaciente al momento de dictar sentencia”.

¿Qué implica que la SCJN dé entrada a esta controversia contra la Reforma Judicial?

Tras darle entrada, el ministro González Alcántara Carrancá emplazará al Congreso de la Unión, a la Presidencia de la República y a las legislaturas locales a que presenten sus informes justificados y alegatos en defensa de la Reforma Judicial.

El Gobierno de Guanajuato no solicitó la suspensión que diera freno temporal al proceso de implementación de las modificaciones constitucionales, ni se hicieron públicos los argumentos que sustentan la impugnación.

Lo que corresponde ahora es que el ministro ponente elabore un proyecto de sentencia que someterá a la consideración del Tribunal Pleno; y la resolución tomada en caso de darle la razón al gobierno de Guanajuato, sólo tendrá efectos para él.

De acuerdo con el artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el plazo para promover controversias constitucionales es de treinta días, a partir del día siguiente de su promulgación y publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Bajo este precepto aún hay tiempo para presentar otras controversias contra la Reforma Judicial apareció en el D.O.F. el 15 de septiembre pasado.

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