Usar otros aditamentos en tu automóvil no permitidos en la Ciudad de México (CDMX) podría salirte caro, pues existe una sanción por tunear tu vehículo con luces deslumbrantes como estrobos y faros prohibidos, de manera que terminarás pagando una multa.
Antes de modificar o alterar tu automóvil con este tipo de luces piénsalo dos veces antes, pero ¿de cuánto es la multa por instalar estrobos y otras luces prohibidas a tu vehículo?
¿Tienes multas de tránsito en CDMX? Lo que debes saber antes de pagar una infracción
¿Qué tipo de faros ameritan multa en CDMX?
Un ejemplo claro de las luces que no se deben usar en automóviles particulares—que no formen parte de alguna institución de seguridad pública—son los estrobos.
Han sido varios casos en los que conductores alteran las luces de los carros con este tipo de aditamientos, o bien, colocan estrobos o torretas simulando ser patrullas, algo que es un delito por hacerse pasar por una autoridad de seguridad.
El Artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México señala los tipos de faros que ameritan una multa al no estar permitido su uso y estos son:
- Faros deslumbrantes que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas y pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones
- Luces de neón que obstruyan la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo y/o micas
¿Cuál es la multa por traer estrobos y otras luces prohibidas?
El mismo artículo del Reglamento de Tránsito de la CDMX menciona las multas que tendrás que pagar por no respetar la norma y usar los faros prohibidos en los automóviles a la hora de circular.
Por usar en vehículos motorizados faros deslumbrantes o Luces de neón que obstruyan la visibilidad de las placas, la multa es de 10, 15 o 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente.
La UMA en 2025 es de 113.14 pesos diarios, tomando ello como referencia, la multa será de mil 131 pesos a 2 mil 263 pesos.
Otros accesorios del auto por el que te pueden multar en Ciudad de México
Los vehículos motorizados en la CDMX no pueden tener otros aditamentos aunados a este tipo de luces. Los conductores tendrán prohibido colocar en sus automóviles los siguientes accesorios:
Bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicas u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura
Multa: 2 mil 263 pesos a 3 mil 394 pesos
Sistemas antirradares o detector de radares de velocidad
Multa: 4 mil 526 pesos a 5 mil 657 pesos
Modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con objeto de provocar ruido excesivo
Multa: 2 mil 263 pesos a 3 mil 394 pesos
Bocinas (claxon) que produzca ruido excesivo o un sonido diverso al que producía la bocina original de fábrica
Multa: 2 mil 263 pesos a 3 mil 394 pesos
- Películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20%, pero cuando así se requiera por razones médicas, debidamente acreditadas ante la SSC de CDMX y deberá constar en la tarjeta de circulación
- Multa: 2 mil 263 pesos a 3 mil 394 pesos