Ciudad de México.- Negar a extranjeros la expedición de documentación migratoria para permanecer en territorio mexicano por estar sujetos a un proceso penal es inconstitucional por violar la presunción de inocencia, así lo determinó la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).}
A propuesta de la ministra Norma Piña, la Primera Sala del máximo tribunal del país resolvió por unanimidad que el artículo 43 de la Ley de Migración afecta los derechos humanos contenidos en la Constitución de los extranjeros que esperan una sentencia y cuya culpabilidad en la comisión de un delito no se ha demostrado.
Viola la presunción de inocencia
“La circunstancia de que el precepto reclamado permita negar la expedición del documento migratorio a una persona extranjera para su ingreso, o permanencia en el país, por el hecho
de que se encuentre sujeta a un proceso penal, entra en tensión con la presunción de inocencia como regla de trato extraprocesal.
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“Aún cuando no se encuentra resuelta y demostrada su culpabilidad, el supuesto normativo asocia consecuencias jurídicas perjudiciales en la situación migratoria, derivadas sólo de la condición de estar vinculado a una causa penal”, señaló la Corte.