La Fiscalía General de Veracruz impugnó el amparo que se concedió al secretario Técnico de la Junta de Coordinación Política del Senado José Manuel del Río Virgen y gracias al cual podría obtener su libertad en los próximos días.
Según registros judiciales, los fiscales a cargo del caso cuentan con un plazo de tres días para entregar la documentación completa y los informes necesarios sobre las indagatorias de Del Río Virgen.
El recurso de revisión promovido por la Fiscalía estatal fue presentado este lunes para ser turnado a un tribunal federal con el fin de que se revise el fallo del juez Arturo Cuéllar en el que se determinó que no hay elementos que demuestren que el funcionario de la Cámara de Senadores sea responsable del homicidio del candidato a la alcaldía de Cazones de Herrera por Movimiento Ciudadano, Remigio René Tovar.
Casi a la par, este martes un juez federal rechazó conceder una suspensión a Del Río la cual le permitiría quedar en libertad en los inmediato por lo que deberá permanecer en el penal de Pacho Viejo, Veracruz hasta que un tribunal confirme o revierta el amparo que se le concedió.
El 9 de marzo cuando el juez Arturo Cuéllar revirtió la vinculación a proceso
Fue el 9 de marzo cuando el juez Arturo Cuéllar revirtió la vinculación a proceso y la prisión preventiva oficiosa dictada a Del Río Virgen tras señalar que la Fiscalía se basó en suposiciones para acusar al funcionario del Senado.
Indicó además que los agentes del ministerio público veracruzano se basaron en hechos circunstanciales, supuestas amenazas, la popularidad del candidato asesinado, la importancia del municipio y la cercanía del imputado con senadores.
“Ningún dato de prueba da soporte a la conclusión que el quejoso haya tenido esa participación de autor intelectual de los hechos. Como ya se expresó, no hay algún señalamiento directo en contra del imputado como autor de los hechos.
“Tampoco de forma indirecta se obtiene información en ese sentido, pues los datos de prueba relatados por la Fiscalía, con el alcance del contenido que verbalmente vertió al realizar su solicitud de vinculación a proceso, no relacionan al quejoso con el evento por el cual se dio esa privación de la vida”, señala la sentencia de amparo.