Las convocatorias para ingresar al Ejército mexicano contemplan varios requisitos de estatura, peso y complexión para quienes aspiren a entrar a las Fuerzas Armadas. También hay condiciones para las personas que tienen tatuajes en el cuerpo.
Cabe recordar que los hombres que aspiren a entrar a la milicia no lo podrán hacer si tienen perforaciones en el cuerpo, mientras que a las mujeres sólo les permiten dos perforaciones como máximo en cada pabellón auricular.
A los hombres no se les permiten perforaciones en ninguna parte del cuerpo; a las mujeres únicamente se les permitirán dos perforaciones lobulares en cada pabellón auricular como máximo.
A las personas que tengan perforaciones en cara, pabellón auricular, nariz, ceja, labios y otras partes del cuerpo, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) las considera como “no aptos”. Hasta 2020, el Ejército y la Fuerza Aérea mexicanos contaban con 165 mil 454 militares, de acuerdo con cifras de la misma institución .
¿Cuánto debe medir un tatuaje para que me permitan entrar al Ejército mexicano?
El tatuaje que deba tener una persona que aspire a entrar al Ejército mexicano no será contar con un tamaño superior a 10 x 10 centímetros. Otras condiciones son:
- Las imágenes no serán ofensivas a la moral o que hagan apología del delito.
- Los tatuajes no estarán en lugares visibles con el uso de uniforme, es decir, no pueden estar en las manos, brazos, cuello y cara.
¿Cuántos tatuajes permite tener la Secretaría de la Defensa (Sedena)?
La Sedena no especifica un número límite de tatuajes, sólo que éstos, en conjunto, no deben ocupar más del 10% de la superficie corporal.
¿Qué pasa si tengo tatuajes y quiero entrar a la Guardia Nacional?
La convocatoria para ingresar a la Guardia Nacional no específica si los aspirantes pueden o no tener tatuajes en el cuerpo. La página oficial de dicho cuerpo de seguridad pública señala requisitos como:
- Ser mexicano por nacimiento y no haber adquirido otra nacionalidad.
- Estado civil: soltero y no vivir en concubinato.
- Edad mínima 18 años y máxima 30 años.
- Tener una estatura mínima, en el caso de los hombres de 1.63 metros y para las mujeres de 1.55 metros.
- Índice de masa corporal de 18.5 a 27.9.
- No haber pertenecido a las fuerzas armadas y/o corporación policíaca.
- Acreditar buena conducta mediante carta de antecedentes no penales de la localidad y entidad federativa donde reside (excepto área metropolitana) o carta de buena conducta expedida por dichas autoridades.