Estos son los días que tienes para pedir al IMSS el dinero del apoyo por matrimonio

¡Atención! Si te casaste recientemente puedes solicitar el apoyo de dinero del IMSS en caso de ser beneficiario y aquí te decimos cuáles son los requisitos.

Imss matrimonio apoyo.
Estos son los días que tienes para pedir al IMSS el dinero del apoyo por matrimonio|Pexels.

Escrito por: América López

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece una ayuda económica para gastos de matrimonio dirigida a sus asegurados que contraigan matrimonio civil. Este apoyo tiene como objetivo aliviar los gastos que conlleva iniciar una vida en pareja y se otorga una sola vez por derechohabiente. Aquí te decimos cómo puedes pedirlo, además de cuáles son los requisitos.

¿Cuándo puedo tramitar el apoyo por matrimonio del IMSS?

El trámite debe realizarse una vez que el matrimonio civil haya sido celebrado, ya que el cálculo del apoyo se basa en la fecha de la boda. Además, si el asegurado dejó de pertenecer al régimen obligatorio, puede solicitar la ayuda si el matrimonio se celebró dentro de los 90 días hábiles posteriores a su baja.

¿Cuánto dinero te da el IMSS por casarte?

El monto otorgado equivale a 30 días del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente a la fecha del matrimonio civil. Esto significa que el apoyo se calcula multiplicando el valor diario de la UMA por 30 días, lo que representa un monto significativo para apoyar los gastos iniciales de la pareja.

Requisitos para pedir el apoyo por matrimonio del IMSS

Para ser beneficiario de esta ayuda, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener acreditado un mínimo de 150 semanas cotizadas en el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez al momento de la celebración del matrimonio.
  • No haber ejercido este derecho con anterioridad, ya que solo se otorga una vez por asegurado.
  • En caso de haber registrado a otro cónyuge como beneficiario, se debe acreditar la disolución del vínculo matrimonial o el fallecimiento de este.
  • Que el matrimonio civil haya sido celebrado después del 30 de junio de 1992.
  • Estar vigente como asegurado o haber contraído matrimonio dentro de los 90 días hábiles posteriores a la baja del régimen obligatorio.
  • Mantener actualizado el registro de beneficiarios legales ante el IMSS.

La solicitud se realiza directamente en la AFORE, donde se administra la cuenta individual del asegurado, en los horarios establecidos por la institución. Para cualquier aclaración, el asegurado puede acudir al servicio de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar.

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