Conducir en Tlaxcala exige más atención que nunca: las fotomultas ya operan en varios tramos clave y están sorprendiendo a más de un automovilista. Si planeas circular por las principales carreteras del estado, conocer dónde están los puntos de vigilancia y los límites de velocidad puede evitarte sanciones inesperadas y ayudarte a manejar con mayor seguridad. Aquí te contamos lo esencial para que no te tomen por sorpresa.

Carreteras donde hay fotomultas

Si vas a manejar por Tlaxcala, toma en cuenta que las fotomultas ya operan en tres puntos clave, recuerda que cada una tiene límites específicos entre 80 y 110 km/h:

  • la autopista Tlaxcala–Puebla (110 kilómetros por hora velocidad máxima).
  • la carretera Apizaco–Amaxac (80 kilómetros por hora velocidad máxima).
  • la autopista Tlaxco–Tejocotal (110 kilómetros por hora velocidad máxima).

Recuerda revisar tu ruta antes de salir de casa y ajusta tu velocidad en estos tramos para viajar sin contratiempos.

De acuerdo con el artículo 124 BIS, la autoridad está facultada para utilizar diversos dispositivos tecnológicos para detectar infracciones, entre ellos cámaras fotográficas y de video, tanto fijas como móviles, equipos instalados en vehículos patrulla, radares de velocidad y básculas, ya sean fijas o portátiles.

Además, el reglamento permite recurrir a cualquier herramienta que la tecnología ponga a disposición y que ayude a registrar el incumplimiento a la Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Multas por infracción en carreteras

En Tlaxcala, las fotomultas se aplican mediante dispositivos tecnológicos como cámaras, radares de velocidad y otros equipos que permiten verificar si un conductor ha cometido una infracción.

Cuando se detecta una falta, se impone una multa de 1,303 pesos, equivalente a 12 UMA. El infractor dispone de 20 días naturales a partir de la emisión de la boleta para pagar con un descuento del 50%, siempre que lo haga dentro de ese plazo.

La boleta de infracción se envía al domicilio donde está registrado el vehículo según los últimos trámites realizados, como el refrendo o la licencia.

El pago puede efectuarse en las oficinas recaudadoras de la Secretaría de Finanzas, por transferencia, en ventanilla bancaria o en tiendas de conveniencia; todos los métodos y lugares autorizados se especifican en la misma boleta.