Cuando una persona concluye con éxito su carrera profesional, debe de iniciar con el proceso de titulación y posteriormente tramitar su cédula profesional. Gracias a esta, podrá ejercer sin ningún problema su profesión; sin embargo, algunos profesionistas podrían quedarse sin ella.
De acuerdo con Ley Reglamentaria del artículo 5o. constitucional, referente al Ejercicio de las Profesiones en la Ciudad de México, en donde se menciona que los delitos que cometan los profesionistas al desempeñar su trabajo, serán sancionados con base a lo que dicta el Código Penal.
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¿Qué otras sanciones pueden recibir los profesionistas?
Además, se menciona que quien ofrezca servicios profesionales, sin tener su cédula, va a ser acreedor a una sanción, la cual va a ser dictada por el Código Penal. Sin embargo, eso no es todo, la Dirección General de Profesiones con previa comprobación, también tiene la facultad de imponer una sanción.
En ese sentido, la Dirección General de Profesiones cancelará las cédulas profesionales, instituciones educativas, colegios de profesionistas u otros actos, los cuales deben de tener un registro y previa audiencia, por las siguientes causas:
- Error o falsedad en los documentos presentados.
- Expedición del título sin los requisitos que establece la ley.
- Resolución de autoridad competente.
- Desaparición de la universidad o institución educativa facultada para expedir títulos profesionales o grados académicos equivalentes, revocación de la autorización o retiro de reconocimiento oficial de estudios.
- Por disolución del colegio de profesionistas.
Finalmente, para quienes quieran tramitar su cédula profesional, se debe realizar el siguiente procedimiento, acudir a la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y contar con los siguientes documentos:
- CURP
- e.firma vigente
- Tarjeta de crédito o débito para hacer el pago correspondiente
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