Estos beneficiarios de IMSS e ISSSTE cobrarán 17 mil pesos en noviembre 2025

Es importante tener en cuenta que este beneficio está destinado a algunas personas de estos institutos.

imss-issste.png
Canva
Azteca Uno Especiales
Compartir
  •   Copiar enlace

Una buena noticia se ha dado a conocer para algunos beneficiarios de la pensión IMSS e ISSTE, ya que podrán cobrar más de 17 mil pesos en el mes de noviembre, debido al Fondo de Pensiones para el Bienestar.

Fundación IMSS nos sorprendió con su visita al contenedor

[VIDEO] La Fundación IMSS nos sorprendió con su visita al contenedor del Juguetón Azteca ya que traían un enorme donativo para los niños y niñas de México.

Este es un fideicomiso público que permite otorgar un plus económico a aquellas personas trabajadoras que reciban una pensión igual al 100 por ciento de su salario.

¿Qué beneficiarios cobrarán este plus?

El beneficio se actualiza conforme a la inflación estimada, que para este 2025 es de17 mil 364 pesos. Con el Fondo de Pensiones para el Bienestar, los pensionados del IMSS recibirían recursos por:

A) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 73:
• Retiro 97 (recursos acumulados a partir del 1º de julio de 1997 a la fecha).
• Vivienda 97 (recursos acumulados a partir del 1º de julio de 1997 a la fecha).
• SAR 92 (recursos acumulados del 1º de marzo de 1992 al 30 de junio de 1997).
• Vivienda 92 (recursos acumulados del 1º de marzo de 1992 al 30 de junio de 1997).
B) Si la pensión es por la Ley del Seguro Social 97:
• SAR 92 (recursos acumulados del 1º de mayo de 1992 al 30 de junio de 1997).
• Vivienda 92 (recursos acumulados del 1º de marzo de 1992 al 30 de junio de 1997).
En el caso de los pensionados del ISSSTE, recibirán:

A) Si la pensión es por el régimen del Artículo Décimo Transitorio:
• Retiro 08 (recursos acumulados a partir del 1º de enero de 2008 a la fecha).
•Fovissste08 (recursos acumulados a partir del 1º de enero de 2008 a la fecha).
• SAR 92 (recursos acumulados del 1º de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007).
• Vivienda 92 (recursos acumulados del 1º de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007).
B) Si la pensión es por el régimen de cuentas individuales:
• SAR 92 (recursos acumulados del 1º de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007)
• Vivienda 92 (recursos acumulados del 1º de mayo de 1992 al 31 de diciembre de 2007)
•Fovissste08 (recursos acumulados a partir del 1º de enero de 2008 a la fecha), solamente en los casos en que la pensión otorgada sea superior en más de 30% a la Pensión Garantizada, podrá disponer de los excedentes al Monto Constitutivo.
• Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez recursos acumulados a partir del 1º enero de 2008 a la fecha), solamente en los casos en que la pensión otorgada sea superior en más del 30% a la Pensión Garantizada, podrá disponer de los excedentes al Monto Constitutivo.

¿Cuándo pagan las pensiones IMSS e ISSSTE ?

En cuanto al IMSS, la pensión se pagará el lunes 3 de noviembre, mientras que la pensión del ISSSTE será el jueves 30 de octubre.

Galerías y Notas Azteca UNO
×
×
Inklusion
Loading