Será la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la que determine si el Fondo de Pensiones del Bienestar viola o no la Constitución al disponer de poco más de 40 mil millones de pesos de las afores inactivas de personas mayores de 70 años.
La acción de inconstitucionalidad promovida por los diputados fue remitida a la ponencia de la ministra Loretta Ortíz Ahlf para que se elabore el proyecto de sentencia que debatirán los integrantes del tribunal pleno.
¿Qué implica la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar?
El pasado 25 de abril, con 70 votos a favor, 43 en contra y dos abstenciones, el Pleno del Senado aprobó, en lo general, el proyecto de decreto para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, “para garantizar una pensión digna a las personas trabajadoras, especialmente a quienes enfrentan situaciones de vulnerabilidad económica”, se señaló en su momento.
El proyecto de decreto reforma y adiciona diversas disposiciones de las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, y Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
De igual forma a la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023.
El decreto entró en vigor este 1 de mayo, luego de su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Trabajadores del sector público y privado argumentan que la reforma viola sus derechos
Además de la acción de inconstitucionalidad, también fue promovido un amparo por 727 personas, trabajadores del sector público y privado, quienes cotizan en las leyes del ISSSTE y el IMSS.
El argumento fue que dicha reforma viola los derechos de los trabajadores al pretender que se envíe y administre su dinero por el Fondo para el Bienestar y no las administradoras que los trabajadores designaron.
Reforma atenta la decisión sobre cómo manejarán sus ahorros para el retiro, sostienen
La demanda sostiene que hay retroactividad de la ley y derechos adquiridos, ya que se están afectando las relaciones contractuales con las administradoras para el retiro. Apuntan que cuando ellos escogieron su sistema de pensiones tenían diversas condiciones de administración de sus fondos para el retiro.
Es decir que, la reforma impulsada por el Gobierno Federal pasa por alto la decisión de los trabajadores de cómo iban a manejar sus ahorros en el futuro, en las administradoras que escogieron, señalan.
Por esta razón, sus representantes consideran que la reforma es inconstitucional, pues también viola el principio de seguridad jurídica. Ahora tocará a los ministros pronunciarse al respecto.