La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó a Mario Delgado y al partido que lidera, Morena, a retirar los promocionales de la revocación de mandato.
La comisión del INE impuso medidas cautelares de dos de las tres quejas interpuestas por los partidos PRI y PRD, que denunciaron a Mario Delgado por poner dos videos en sus redes sociales la difusión de propaganda política y el probable uso de recursos públicos para promocionar la revocación de mandato.
A través de un comunicado, el INE dio a conocer que la Comisión estimó procedente la medida cautelar, en primer lugar, porque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al resolver la acción de inconstitucionalidad 151/2021 determinó que es contrario a la Constitución que los partidos políticos promuevan la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato.
En segundo lugar, la comisión advirtió que el video de Mario Delgado en Facebook tiene la característica de publicidad pagada, por lo que se dio vista a la Unidad Técnica de Fiscalización para que analice si hay uso indebido de recursos por Morena al promover la revocación de mandato.
INE ordena quitar video sobre revocación de mandato
La comisión del INE ordenó a Mario Delgado y al partido Morena retirar en un plazo no mayor a tres horas a quitar las publicaciones que sean objeto de la medida cautelares.
En la segunda queja, que el INE declaró procedente, el PRD contra Morena sobre los promocionales “México nos necesita”, pautados en radio y televisión, el quejoso consideró que en tiempo ordinario interfiere en el proceso de revocación de mandato al posicionar la imagen del Ejecutivo Federal, además de que se condiciona el voto de la ciudadanía a favor de éste.
La Comisión declaró procedentes las cautelares solicitadas siguiendo el criterio de la SCJN que determinó que la participación de los partidos políticos no tiene cabida en el mecanismo de democracia directa que es la revocación de mandato.
Por lo que el instituto electoral ordenó a Morena el retiro del material denunciado y lo sustituya en un plazo no mayor a seis horas a partir de la legal notificación.