Una nueva iniciativa presentada en el Congreso de la Ciudad de México (CDMX) podría cambiar por completo el destino de algunas familias. Se trata de una propuesta que plantea cambios en la patria potestad.

La iniciativa de ley fue presentada por Luisa Fernanda Ledesma Alpizar, diputada local del partido Movimiento Ciudadano (MC). La propuesta abre la puerta a que algunas personas pierdan la patria potestad de sus hijas e hijos.

¿En qué casos se podría perder la patria potestad en CDMX?

Este planteamiento se aplicará solo para algunos casos en específico, pero ¿entonces quién tomaría la custodia de los infantes? Aquí los detalles de qué plantea la diputada del MC en CDMX.

De acuerdo con la iniciativa, se busca modificar la legislación local para establecer nuevas causales que permitirían retirar este derecho a madres o padres, pero solo bajo una circunsctancia: cuando haya casos de padres o madres que ejerzan crueldad animal.

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La razón detrás de la propuesta para perder la patria potestad en CDMX

El planteamiento señala que las personas que hayan sido condenadas por el delito de maltrato animal podrían perder la patria potestad de sus hijas e hijos.

La lógica detrás de la iniciativa expuesta por la diputada Luisa Fernanda Ledesma Alpizar es que este tipo de conductas pueden reflejar patrones de violencia que también podrían poner en riesgo a otros miembros de la familia.

"Presentamos esta iniciativa que reforma el Artículo 444 de nuestro Código Civil de la Ciudad de México para personas que ya hayan sido condenadas por maltrato animal pierdan la patria potestad de sus hijas o de sus hijos porque no pueden seguir las infancias conviviendo con personas que son violentas, que generan a ellos emociones de tristeza, de dolor, de sufrimiento y necesitamos que las infancias sean protegidas también por el Estado", expresó.

¿Cuándo y en qué casos de puede perder la patria potestad de un hijo en CDMX?

Hasta ahora la propuesta continúa en análisis dentro del Congreso de la CDMX, por lo que aún no entra en vigor y será en las próximanas semanas cuando se discuta su viabilidad.

En caso de aprobarse tras una proceso de votación por las diputadas y diputados, se precisarán los ajustes que contemplaría este cambio al Código Civil de la Ciudad de México y determinar si habrá una figura legal que determine la tutela de las hijas e hijos, la cual quizá sea entregada a un familiar cercano o institución del Estado.

Actualmente el Artículo 444 de dicho código establece que la patria potestad se pierde por resolución judicial en los siguientes supuestos:

  • Cuando el que la ejerza sea condenado expresamente a la pérdida de ese derecho
  • En los casos de divorcio
  • En los casos de violencia familiar en contra del menor
  • Incumplimiento de la obligación alimentaría por más de 90 días, sin causa justificada
  • Por el abandono que el padre o la madre hicieren de los hijos por más de tres meses, sin causa justificada
  • Cuando el que la ejerza hubiera cometido contra la persona o bienes de los hijos, un delito doloso, por el cual haya sido condenado por sentencia ejecutoriada
  • Cuando el que la ejerza sea condenado dos o más veces por delitos dolosos cuya pena privativa de libertad exceda de cinco años
  • Por el incumplimiento injustificado de las determinaciones judiciales que se hayan ordenado al que ejerza la patria potestad, tendientes a corregir actos de violencia familiar, cuando estos actos hayan afectado a sus descendientes
  • Cuando el menor haya sido sustraído o retenido ilícitamente, por quien ejerza esta
  • Cuando el que la ejerza sea condenado por sentencia firme por el delito de feminicidio cometido en contra de la madre de las niñas, niños y adolescentes sujetos a la patria potestad
  • En casos donde se configure violencia vicaria

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