Durante la tarde del jueves 29 de agosto, en redes sociales se dio a conocer un controversial video protagonizado por dos elementos de la Policía Preventiva de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC CDMX), quienes confrontan a un automovilista sobre la Calzada México-Xochimilco, al sur de la Ciudad de México.
A pesar de que no se dieron a conocer los motivos por los que el conductor y los elementos de seguridad se detuvieron, el momento adquirió mayor relevancia y se volvió viral debido a una acción que efectuó uno de los policías, quien desenfundó su arma y la colocó frente a la ventanilla del conductor.
Quien difundió el video fue el usuario @LOTER1623, quien escribió que “es muy común verlos justo sobre la México Xochimilco ya sean motos o patrullas solitarias deteniendo autos o motos fuera del alcance del C5 ”, por lo que arrobó a las autoridades de la SSC CDMX para que observaran el momento.
Video del momento en que el policía de la CDMX desenfunda su arma contra automovilista
Esta situación es normal? No es mi situación alguien más lo subió a las redes sin embargo es muy común verlos justo sobre la México Xochimilco ya sean motos o patrullas solitarias deteniendo autos o motos fuera del alcance del C5 @SSC_CDMX @UCS_GCDMX pic.twitter.com/JDPquoYg2G
— L (@LOTER1623) August 29, 2024
Ante esta situación, la Unidad de Contacto del Secretario de la SSC CDMX respondió por la misma vía y a pesar de que agradeció el reporte ciudadano, exhortó a la persona afectada a “formalizar su denuncia en Asuntos Internos”, por lo que solamente proporcionó la dirección y los números telefónicos para obtener más información y concretar la denuncia.
- Teléfono para denunciar ante asuntos internos de la SSC CDMX: 55 89 57 12 00, 55 89 57 12 01, o 55 52 42 51 00, extensiones 1121 y 1122.
A pesar de que el caso no pasó a mayores, llamó la atención la actitud del oficial de policía, quien aparentemente desenfundó su pistola con la intención de intimidar al automovilista, pues aunque no le apunta, sí coloca el arma directo en su ventanilla con la intención de que la vea y, posiblemente, deje de dialogar.
Policía que sacó arma a conductor en la México-Xochimilco fue suspendido
La SSC informó que personal de la Dirección General de Asuntos Internos abrió la carpeta de investigación e identificó a los dos oficiales que aparecen en el video.
Ambos fueron citados a rendir su declaración y, en tanto se realizan las indagatorias, serán suspendidos de sus funciones, mientras que la SSC indicó que se busca a los afectados para que presenten su denuncia ante la institución.
¿Cuándo puede un policía de CDMX usar su arma de fuego?
Es importante señalar que la Ley del Uso de la Fuerza establece que el impacto del uso de la fuerza en las personas estará graduado de la siguiente manera, en donde se establece que el uso de arma debe ser una de las últimas opciones frente a una agresión.
- I. Persuasión: cese de la resistencia a través del uso de indicaciones verbales o de la simple presencia de la autoridad, para lograr la cooperación de las personas con la autoridad;
- II. Restricción de desplazamiento: determinar un perímetro con la finalidad de controlar la agresión;
- III. Sujeción: utilizar la fuerza física con moderación para lograr el control o aseguramiento de los individuos;
- IV. Inmovilización: utilizar la fuerza física con intensidad, pudiendo emplear medios o equipos destinados a restringir la movilidad de las personas para lograr su aseguramiento;
- V. Incapacitación: utilizar la fuerza física con máxima intensidad, permitiendo el empleo de armas menos letales, así como sustancias químicas irritantes que perturben las funciones sensoriales, con la finalidad de neutralizar la resistencia y la violencia, teniendo alta probabilidad de causar lesiones que no pongan en riesgo la vida del agresor;
- VI. Lesión grave: utilizar la fuerza epiletal, permitiendo el uso de armas menos letales o de fuego con la finalidad de neutralizar a los agresores y proteger la integridad de la autoridad o de personas ajenas, con alta probabilidad de dañar gravemente al agresor, y
- VII. Muerte: utilizar la fuerza letal como una acción excepcional, permitiendo el uso de armas menos letales o de fuego con la finalidad de repeler y neutralizar la agresión, no teniendo otra opción para proteger la vida de las personas ajenas o la propia, a sabiendas que existe un alto riesgo de causar la muerte del agresor.