Multas CDMX: ¿Cuánto hay que pagar si me sancionan por estacionarme en la banqueta?

¿Te estacionas en una banqueta de la CDMX? ¡Cuidado! La multa te sorprenderá. Los costos por esta infracción son más altos de lo que imaginas.¡Descúbrelo aquí!

Escrito por: Jennifer García

Multas CDMX: ¿Cuánto hay que pagar si me sancionan por estacionarme en la banqueta?
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¿Crees que estacionarte unos minutos en la banqueta no es gran cosa? Piénsalo dos veces porque la Ciudad de México (CDMX) tiene sanciones muy específicas para quienes infringen esta regla de tránsito. ¿Quieres saber cuánto te puede costar una multa por esta acción?

¿De cuánto es la multa por estacionarse en la banqueta?

En la CDMX, la multa por estacionarse en la banqueta o en lugares prohibidos varía entre 10 y 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Para el año 2024, esto se traduce en un costo de aproximadamente mil 85 pesos hasta 2 mil 171 pesos por la infracción.

Además de la multa, el conductor perderá 3 puntos en la licencia de conducir. De igual forma, el vehículo podría ser remitido al corralón, lo que implica costos adicionales por el remolque y la tarifa diaria en el depósito.

Cabe señalar que este 2024 el valor del UMA es de 108.57 pesos mexicanos. Este valor se actualiza anualmente, por lo que en 2025 esta multa será más costosa.

¿Qué pasa si mi auto no está por completo sobre la banqueta?

Es importante agregar que si el vehículo obstruye una banqueta, un cruce peatonal o invada carriles exclusivos para ciclistas, también se incurre en esta multa.

En otras palabras, estorbar aunque sea “solo un poquito”, también podría ser motivo de una multa en la CDMX. El monto de esta infracción es igual al que te dan por estacionarte sobre una banqueta.

¿Dónde está prohibido estacionarse en CDMX?

Así que toma nota, los conductores tienen prohibido estacionarse en los siguientes lugares si circulan en la CDMX, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito.

- Cruces peatonales Estacionarse en estos lugares amerita una infracción.
- Vías ciclistas : Está prohibido ocupar espacios destinados a ciclistas.
- Vías primarias: No se puede estacionar en avenidas o calles importantes con mucho flujo vehicular.
- Puentes y túneles: Por seguridad está prohibido estacionar en estos sitios.
- Costado izquierdo de la vía: Esto aplica en caso de que haya camellones o islas, salvo que esté permitido por señalización.
- Señalización restrictiva: Lugares marcados para evitar que alguien se estacione sin importar el día y la hora.
- Carriles exclusivos para transporte público: Carriles como el del Metrobús CDMX.
- Áreas de acceso a transporte público: Incluye paradas de autobuses, entradas y salidas de estaciones del Metro CDMX o sitios de taxis.
- Frente a establecimientos bancarios y servicios de emergencia.

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